lunes, 27 de febrero de 2012

GDF incauta cuenta bancaria de escuela
El Instituto México Secundaria no aplicó el Programa de Transporte, por lo que le embargaron sus ahorritos
MÓNICA ARCHUNDIA
El Gráfico
Lunes 18 de enero de 2010
El gobierno de la ciudad embargó una cuenta bancaria del Instituto México Secundaria, por no pagar la multa de 551 mil 228 pesos que le fue impuesta al incumplir el Programa de Transporte Escolar (Prote).
El plantel fue considerado para la primera etapa del Prote, que comenzó en agosto de 2009, y fue el único que no presentó su plan para poner en marcha el servicio de autobús escolar obligatorio.
La Secretaría de Finanzas local informó que el embargo se hizo a petición de la Secretaría de Medio Ambiente del DF, dependencia que entregó el 9 de diciembre la multa SMA/DEVA/CIFCA/10466/2009, para proceder a su cobro.
El 13 de enero de 2010 se concretó el embargo de la cuenta bancaria de la institución educativa por el importe de la multa administrativa no fiscal. El propósito de este procedimiento, informó la dependencia, es garantizar el pago de la sanción equivalente a 10 mil días de salario mínimo vigente en el DF para 2009.
Por cada uno de los 500 alumnos que tiene la institución educativa de corte privado, cuyos padres no fueron obligados a pagar el transporte escolar, la sanción fue de de 20 días de salario mínimo.

COMENTARIO:
El artìculo anterior,  es una muestra de que el embargo de cuentas bancarias no solo lo solicitan las autoridades hacendarias, sino tambien por la Secretaria de Medio Ambien del DF el cual es para garantizar el pago de una multa, que no habia liquidado ademàs es una manera de obligar coactivamente a la escuela a cumplir con sus obligaciones de presentar avisos y pagar la multa impuesta.

jueves, 23 de febrero de 2012

El link es el eluniversal.com.mx, toda vez que publique solo una parte de la noticia del periodico.

La Prodecon vigilará embargos a empresas

CONTRIBUYENTES. El 1 de septiembre iniciará funciones Diana Bernal, como procuradora de Defensa del Contribuyente (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

Miércoles 03 de agosto de 2011 José Manuel Arteaga | El Universal
El sector empresarial se quejó de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y en el Infonavit han realizado embargos precautorios, informó Diana Bernal Ladrón de Guevara, procuradora de Defensa del Contribuyente (Prodecon).
COMENTARIO:
A partir de septiembre de 2011, inicio sus funciones la PRODECON y mostro su preocupaciòn por los abusos que  se estan cometiendo con respecto a los embargos de cuentas bancarias  por el  IMSS, INFONAVIT y el SAT, ya dichas autoridades no esta tomando en cuenta las condiciones particulares de cada contribuyente ni  la Ley al realizarlos.

lunes, 13 de febrero de 2012

Embarga el SAT pensiones de ancianos y discapacitados, denuncia Prodecon
Susana González
 Periódico La Jornada
Viernes
11 de noviembre de 2011, p. 29
Ancianos y discapacitados han llegado a ser privados de la pensión con la que sobreviven debido a que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) embargó sus cuentas bancarias por no haber reportado algún movimiento fiscal o incumplir algún pago, denunció Diana Bernal Ladrón de Guevara, titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
El embargo de cuentas bancarias en general, dijo, se cuadriplicó en los recientes tres años, pero no precisó cifras porque anunció que Prodecom realiza una investigación con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Tenemos casos documentados muy difíciles, como el de una persona inválida y una señora de la tercera edad cuyo único ingreso es su pensión y a quienes les embargan sus cuentas bancarias. Estamos hablando de depósitos pequeños de entre 3 y 8 mil pesos al mes, aunque también hemos conocido créditos de millones de pesos, refirió en conferencia de prensa.
Incluso señaló que los embargos comienzan a ser un problema administrativo para la CNBV porque debe destinar una parte de su personal a atender las solicitudes de las autoridades.
Criticó que en lugar de buscar otros mecanismos para resolver omisiones tributarias, el SAT u otras autoridades que pueden solicitar el embargo imponen a los jubilados multas que rebasan el monto de su pensión, mientras a los empresarios los dejan en la quiebra económica por confiscarles sus cuentas.
Si bien mencionó que los embargos se levantan cuando los contribuyentes se acercan a las autoridades para aclarar su caso, se trata de un proceso que ya implicó papeleo, requerimientos y situaciones administrativas que se computan. Es correcto que el gobierno fiscalice pero no vulnerando las garantías de los contribuyentes porque, enfatizó, el pago de impuestos tiene que ver con los derechos humanos.
COMENTARIO:
El presente artìculo refleja como la autoridad viola los derechos fundamentales de los contribuyentes y los deja en estado de infensiòn con el embargo de cuentas bancarias, toda vez que no toma en cuenta las situaciòn particular de dicho contribuyente y solo lo tacha de evasor o que cambia constantemente de domicilio, situaciòn que la PRODECON no ha podido comprobar.
GILBERTO GIMENEZ MONTIEL

LIMITES DEL CONOCIMIENTO Y CONVERGENCIAS DE LAS DISCIPLINAS EN EL CAMPO DE LAS CIENCIAS SOCIALES.

COMENTARIO:

PIENSO QUE NO SE DEBE DEFINIR DE MANERA ESTRICTA EL AMBITO DE CONOCIMIENTO DE LAS CIENCIAS SOCIALES COMO EL DE LAS CIENCIAS NATURALES, YA QUE LA CIENCIAS SOCIALES SOCIALES AL TENER COMO MISIÒN ESTUDIAR LOS HECHOS SOCIALES PUEDE UTILIZAR  EN PARTE DE METODO CIENTIFICO, EN LA CUAL LE AYUDE A EXPLICAR ESTOS HECHOS SOCIALES CON MÀS CLARIDAD Y LA VEZ TENER UN METODO PROPIO  DE INVESTIGACIÒN EN EL QUE SE PUEDA APOYAR EN TODO MOMENTO PARA EXPLICAR LOS FENÒMENOS SOCIALES MEDIANTE LA INTERPRETACIÒN, RAZONAMIENTO Y ASÌ DESENTRAÑAR EL SIGNIFICADO DE DICHOS HECHOS.

miércoles, 8 de febrero de 2012

LIMITA INFONAVIT EL EMBARGO DE CUENTAS BANCARIAS

Limita Infonavit los embargos de cuentas de empresas morosas
Juan Carlos Miranda

Periódico LaJornada
Viernes 27 de enero de 2012, p. 32
El consejo de administración del Infonavit acordó este miércoles que ya no se podrán hacer embargos de cuentas bancarias a empresas morosas, si los montos depositados en ellas superan la cantidad del adeudo de la empresa hacia la institución.
Jorge Dávila Flores, presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur), organismo que forma parte del consejo de administración del Infonavit, dijo además que del embargo de cuentas sólo se aplicará en casos extremos en los que no haya respuesta del deudor.
Expuso que dicha práctica pone en aprietos a las empresas, porque las deja sin recursos para cubrir sus gastos operativos.
A veces por una deuda de 10 mil pesos embargan una cuenta de 100, 200 o 300 mil pesos. No se trata de que no paguen, pero tampoco se trata de que se abuse de las empresas utilizando estas medidas de coacción, dijo.
Adelantó que como confederación tendrán una reunión con el jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, para atender la situación. Ya hemos iniciado platicas y vamos por buen camino para solucionar este problema, sostuvo.
Se generarán 325 mil empleos
En una conferencia de prensa Dávila Flores indicó que algunos embargos se han realizado al margen de la ley. En algunos casos se ha demostrado la ilegalidad del embargo o que no se han seguido los procedimentos adecuados y, sobre todo, si el embargo es superior al adeudo, no tiene porqué darse esa situación, destacó.
La semana pasada la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) emitió una calificación sobre el embargo de cuentas bancarias a contribuyentes, práctica, que consideró problema sistémico.
La dependencia señaló que dicha práctica ocasiona que los causantes no cuenten con los medios financieros para llevar a cabo sus operaciones e impide efectuar inversiones, lo cual provoca desempleo, estancamiento y agonía de las empresas.

COMENTARIO:
Se limita al infonavit el embargo de las cuentas cuando se rebasen los montos de la deuda y solo podràn hacerse en casos extremos, por lo cual los contribuyentes  tendran ciertas regulaciones para estos embargos, ademàs de tener la vigilancia de la Prodecom.

sábado, 4 de febrero de 2012

REFLEXIÓN DEL TEMA DE INVESTIGACIÓN

Motivos que me llevaron a investigar las facultades de la autoridad fiscal con respecto al embargo de cuenta o depósito bancario, previsto en el Código Fiscal de la Federación.


  • El principal problema al que se enfrentan actualmente los contribuyentes, son los embargos de cuenta o depósito bancarios que están practicando las autoridades fiscales.
  • Dicho lo anterior este aseguramiento precautorio, no puede ser usado de manera general e indiscriminada, pues la norma lo prevé únicamente como un mecanismo de excepción. Lo contrario implicaría un abuso de esa facultad por parte de las autoridades.
  • Por la inquietud y los inconvenientes económicos que genera a los contribuyentes el embargo de su cuenta bancario, cuando se efectúa sin que las autoridades hayan iniciado el ejercicio de sus facultades de fiscalización, y sin que se acredite de manera fehaciente que los contribuyentes embargados hayan impedido el inicio del ejercicio de esas facultades.
  • Asimismo se genera mayor incertidumbre, pues estos embargos se ordenan sin antes notificar previamente a los causantes de la inmovilización de sus cuentas bancarias, ya que se  enteran cuando quieren disponer de sus recursos o dinero.

Agonizan empresas por embargos de cuentas bancarias, advierte Prodecon
Víctor Cardoso
Periódico La Jornada
Viernes 20 de enero de 2012, p. 28
El embargo de cuentas bancarias de contribuyentes morosos que realizan las autoridades fiscales del país para el cobro de adeudos ocasiona que los causantes no cuenten con los medios financieros para llevar a cabo sus operaciones e impide efectuar las inversiones necesarias, lo cual provoca desempleo, estancamiento y agonía de las empresas, determinó la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) en una calificación emitida sobre el embargo de cuentas bancarias a contribuyentes, práctica que consideró problema sistémico.
Otras irregularidades halladas por la Prodecon que afectan la marcha de las empresas es la tardanza en el levantamiento de embargos, aun cuando el contribuyente haya pagado o garantizado el pago del adeudo, además de que no se respetan los derechos de prelación que tienen otros créditos antes que el fiscal.
La calificación sobre las prácticas de cobros fiscales elaborada por la Prodecon comenzó a partir de una investigación y análisis efectuados como parte de sus facultades, y ante las quejas de diversos sectores económicos, basadas en que las autoridades fiscales realizan el aseguramiento, embargan precautoriamente o como medio de cobro las cuentas bancarias de los contribuyentes, causando una posible afectación a su esfera de derechos.
Además, dijo, se realizó un foro en el que diversos panelistas de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales, de la Confederación de Cámaras Industriales, de la Confederación Patronal de la República Mexicana y de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo llegaron a conclusiones entre las que destacan que hay una forma excesiva y arbitraria en que la autoridad ejerce la facultad discrecional; se falta el respeto a los derechos de prelación que tienen otros créditos antes del fiscal; los embargos de cuentas bancarias impiden a los contribuyentes seguir operando, paralizan la generación de empleo, inhiben la inversión productiva y provocan la extinción de empresas, entre otros.
El Acuerdo de Calificación de Problema Sistémico fue hecho público y notificado a las autoridades fiscales en el expediente 3-V-H/2011, donde señala que las conductas derivadas de los embargos de cuentas bancarias pueden estar atentando contra los derechos de los contribuyentes desde distintos niveles, como actuaciones aisladas consideradas individualmente; prácticas reiteradas de la autoridad fiscal que siguen criterios generales, o actuaciones realizadas conforme a disposiciones legales, que desproporcionadamente atentan contra las prerrogativas y derechos de los pagadores de impuestos.
A partir de esa notificación las autoridades fiscales cuentan con 30 días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga. Conforme a la respuesta que se reciba, la Prodecon procedería a emitir el dictamen respectivo y, de ser necesario, efectuar recomendaciones mediante las cuales se tutelen los derechos de los contribuyentes.

COMENTARIO
 NOS DA UNA VISIÓN DE LAS REPERCUSIONES QUE TIENEN LOS CONTRIBUYENTES CUANDO SE LES EMBARGAN SUS CUENTAS BANCARIAS, PRÁCTICAMENTE SE LES DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN, POR LO CUAL LA  PRODECON EMITO UN ACUERDO DE CALIFICACIÓN CON RESPECTO A LAS ACTUACIONES DE LA AUTORIDAD HACENDARÍA.